Feb 14 2008

¿Es pertinente legislar sobre grupos étnicos especí­ficos?

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En marzo del año pasado, el Representante a la Cámara por el Guaviare Constantino Rodríguez dio a conocer a la opinión pública su intención de presentar un proyecto de ley a través del cual se declare a la sociedad nukak-makú patrimonio cultural de la nación. El anuncio se efectuó prácticamente un año después de la llegada a San José del Guaviare del último grupo nukak desplazado de su territorio por el conflicto armado (con este, para mayo del 2006 había aproximadamente 240 nukak viviendo en inmediaciones de la capital departamental), así como de la puesta en marcha del Plan de Atención Humanitaria de Emergencia por parte de Acción Social, un primer intento de reubicación y el mediatizado suicidio de uno de los líderes nukak, entre otros sucesos ocurridos durante el segundo semestre del año 2006. Con el fin de empezar a construir y socializar el proyecto, el 15 de mayo el representante Rodríguez convocó entonces a una primera reunión1 en la que presentó un pre-borrador del proyecto en cuestión; enfatizo el prefijo “pre-” porque esa mañana circularon dos versiones del proyecto, bastante diferentes, que días después fueron reunidas en una sola. El objetivo de tal declaratoria sería, grosso modo, asegurar la protección de los nukak y promover un acompañamiento permanente por parte del Estado colombiano, mediante la creación de una estructura burocrática cuya cabeza visible sería un científico social (antropólogo reseñaría la prensa) experto en los nukak. Ahora bien, más allá de la validez de buscar la declaratoria y del posible texto del proyecto de Ley, pues la versión definitiva del mismo aún no ha sido radicada en el Congreso? quisiera plantear la discusión en un nivel un poco más general. A saber, en el ámbito de la interrogación sobre la pertinencia de legislar sobre grupos étnicos particulares y las posibles implicaciones que esto puede tener en la comprensión de la diversidad cultural en el país. Lo anterior, porque muy a pesar de algunos, los nukak ya son considerados patrimonio cultural de la nación y esto desde que en el 2004, mediante la Resolución 1473, el Ministerio de Cultura? declarara el Conocimiento de la naturaleza y la tradición oral nukak-makú como Bien de interés cultural de la nación (B.I.C.N.). En este sentido, vale la pena recordar que desde la Asamblea Nacional Constituyente, como plantea Daniel Bonilla en su trabajo sobre el multiculturalismo en Colombia3, la construcción de la legislación y en general del discurso público sobre la diversidad cultural quedó en manos del Congreso y de las altas cortes. Sin embargo, hasta hoy, la Corte Constitucional ha sido la instancia que más ha influido en tal desarrollo, a través de las diferencias sentencias emitidas en torno a conflictos entre grupos indígenas y diferentes estamentos de la sociedad nacional. En las sentencias, vale la pena recordarlo, lo primero que hace la Corte es buscar tras conflictos concretos los derechos que a su juicio están en disputa y esto con el fin de predicar algo sobre estos últimos. En este sentido, si bien interviene en la resolución de conflictos puntuales, la Corte lo que hace es dar directrices generales sobre cómo resolver la tensión entre diferentes derechos. Es decir, se piensa en términos amplios y las soluciones expuestas en las sentencias pueden ser tomadas como parámetros para solucionar conflictos similares que se presenten en el futuro. No obstante, iniciativas como la mencionada al principio de este editorial no contemplan realmente una discusión de fondo sobre los derechos de los grupos étnicos en general, así los presuponga. Bajo esta lógica, habría que declarar patrimonio cultural de la nación a todos los grupos indígenas, afrocolombianos y campesinos cuyos territorios se encuentran [o cuya vida se desenvuelve] bajo el fuego cruzado de los actores armados. Si esto no sucede, y me atrevería a decir que no ocurrirá pues se generaría un absurdo y atomizado escenario jurídico, imposible de manejar y en contradicción con los principios constitucionales, entonces, cabe preguntarse: ¿qué hace a los nukak-makú tan diferentes de otros grupos étnicos que conforman el país, incluso de sus vecinos inmediatos que también estarían, siguiendo el vocabulario frecuentemente utilizado por políticos y periodistas, en “peligro de extinción o desaparición”? ¿Acaso existe en el pensamiento del ciudadano común (¡al menos del que sabe quienes son los nukak!) la idea de que estos son más indígenas que otros y sí esto es así por qué sucede está gradación? Dejo las preguntas abiertas para que el lector piense en ellas. De hecho, la idea de pensar que un grupo humano pueda hacer parte del patrimonio cultural de la nación creo que contiene en sí misma algunos problemas. De forma tácita y en el nivel más general implica que un grupo posee a otro. Es decir, establece una jerarquización y promueve unas relaciones asimétricas entre grupos iguales constitucionalmente. En otro nivel, el del discurso del patrimonio cultural, además de posesión expresa objetivación, en el doble sentido de exotización y cosificación. Para finalizar, creo necesario mencionar que aunque no considero pertinente crear una ley sobre un grupo étnico en particular, si considero fundamental utilizar otros instrumentos de acción estatal para tomar medidas sobre la situación en que se encuentran, tanto los nukak como otros grupos étnicos; sí no a nivel nacional, al menos del Guaviare teniendo en cuenta que la iniciativa nace de los representantes a la Cámara por tal departamento. Si la preocupación es asegurar las condiciones de existencia de tales grupos, quizás es más pertinente pensar en términos de política pública y planes de acción y no de legislación. Aún más si se tiene en cuenta que hay diferentes instituciones estatales, nacionales, regionales y municipales que ya están involucradas en la búsqueda de soluciones. Lo que falta, quizás, es articular de forma práctica los esfuerzos de tales entidades, con el fin de que estos se traduzcan en un beneficio real para los grupos étnicos en general y en este caso los nukak-maku en particular. Esto, claro está, reconociendo su capacidad de agencia y voluntad.


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